Ca1o- En t 7 de Junio de t873, el Procurador de la
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 14
ID: fallos_14_32
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
36
FALLOS DE LA SUPREMA CORTB
Ca1o- En t 7 de Junio de t873, el Procurador de la
Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires, administra-
dora do los edificios y terrenos de Palermo, segun las
le)·es de 2 de Ño,•iembre de '18G7 y 7 de Octubre do 18i0,
demandó ante el Jucr. de Sccc;on la rescision del contrato
de arrendamiento que la Municipalidad de Belgrano habia
celebrado con D. Jacinto Fohrcs de fiovira, en la época
en que aquella administraba osos terrenos.
La demanda se fundó en que fiovira habia dejado de
pagar mas de dos mensualidades seguida ...
Corrido traslado, Febres de llovira promo\'ÍÓ arlicu lo
de falta de personaliditd en el demandante ; dijo r¡ue el
contrato no había sido celebrndo con la ~luni c ipa li da d de
la ciudad sinó con la de Bclgrano, la única que podin
demandarlo; que la Municipalidad Je J¡, ciudad habia
empezado á administrar recien en ~o,• iembre de 1 86~ .
Fallo del tluea de f!teeelon.
Duenos Aires, Julio 26 de t 873.
Y vistos, estos autos en lo relati\·o al incidente promo-
vido por la parte de Febres de 1\ovira contra la Municipali-
dad de esta ciudad por defecto de personería.
Y considerando : t o Que la demanda de la Municipalidad
es tendente á obtener la rescicion del-contrato oe arren-
damiento que, por acuerdo Jel Gobierno Pro\'incial, celebró
Rovira con la Municipalidad do Belgrano, del edificio y
terrenos adyacentes de Palermo, cuyo contrato pasó en
una ópoca en que Palermo estaba comprendido en los
límites jurisdiccionales de la Municipalidad de Belgrano