Ft\LLOS OE LA SUPREMA CORTE
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 14
ID: fallos_14_192
Jueces
Costa
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
t 96
Ft\LLOS OE LA SUPREMA CORTE
Caso. -
El armador del buque
e Jubas '
celebró en
Lóndres un contrat(l de fletamento con el Sr. Lichtenhein
para conducir al puerto de Buenos Aires un completo
cargamento de carbon, por el flete de 35 chelines por
tonelada sobre la cantidad entregada.
Se convino en el
contrato, que el capitan tornaria á bordo una cantidad
de carbon suficiente para el buque, independiente del
cargamento y á anotarse en los conocimientos.
Llegado el buque á llucnos Aires y hecha la entrega
del cargamento á los Sres. Warnholtz y C•, el capitan
del buque, D. Josó \V alter, los demandó por la cantidad
de ·1892 ftes. y .t.!J cts. por 11aldo de flete, sus interese•
y costas, con deduccion de la comision y gastos de en-
trada segun la cuenta á formularsa por los mismos Sres.
Warnholtz y C•.
Dijo; que segun el conocimiento resultaba que el car-
gamento fuú de
G:!O toneladas, de las 'lue 7 fueron
retenidas por el capilan para el uso del buque ; que á
pesar de contener el conocimiento la cláusula de no co-
nocerse por el capitan el peso. cantidad y calidad del car-
gamento, él había hecho la entrega de 6·13 toneladas,
las que con las i destinadas al buque formaban el en-
tero cargamento; que los Sres. Warnholtz y Ca ~ habiendo
pagado parte del
flete, se negabAn á pagarle el saldo
que era la suma indicada.
Corrido traslado los demaudados contestaron que de-
bían ser absueltos de la demAnda y reconvinieron al ca-
pitan por la carntidad de fl.es. t036.33.
Dijeron que el capitan no les había entregado sinó la
cantidad de 544 toneladas y 4!)2 libras de carbon; que
el flete no debía pagarse sinó sobre la cantidad entre-
gada, que, entre esta y la cantidad cargada habia una
diferencia de 75 toneladas y 37 libras cuyo importe ern