DE .JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_359
Ruling Text
DE .JUSTICIA NACIONAL.
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palrones mas rccltunado ante este mismo Juzglldo sus res-
poeli,·as indemnizaciones, encontrándose en idéntico caso
al presente que ha dado orígon á t!ste auto, se declara
finalmente, quo aquellos, una vez comprobado su reclamo,
sean líltnLion indemnizados en conrormidad á esta resolu-
cion y bajo las mismas garantlas en ella estahlecidas.
Póngase en conocimiento del Sr. Comandante U. Domingo
Gutierrez esto fallo, por medio do cflpia lcg:Jiizada que se
lo remitirá con la correspondiente nota y hágase saber al
interesado para los fines do ley.
Ayustin Jll~lo de la Veaa.
En 18 de Agosto del mismo año el Sr. Procurador Gene-
ral se prescnh) ante la Suprema Corte, pidiéndol6 que
revocara el aulo del Juez de Scccion por haber sido dictado
sin jurisdiccion para ello.
Oído el informe del Juez, se dictó este,
Falle • ., la 8uprema ~rte.
IJuenos Aires, Febrero 5 de t814.
Vistos: con arreglo :í lo dispuesto por el artículo cuarto'
de la ley do catorce de Setiembre de mil ochocientos se-
senta y tres sobre competcndn de lus Tribunales Nacionales,
devuélvanse.
SALVAoon M. DEL CAnmL.-FnMiCI seo
DELG,\D,o. -Jo É DAnnos PAzos. --
J. D. GonOSTIA.GA. ~ J. DOlth~GuEz .
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