← Volver a resultados

DE .JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 14 ID: fallos_14_359

Texto del Fallo

DE .JUSTICIA NACIONAL. 363' palrones mas rccltunado ante este mismo Juzglldo sus res- poeli,·as indemnizaciones, encontrándose en idéntico caso al presente que ha dado orígon á t!ste auto, se declara finalmente, quo aquellos, una vez comprobado su reclamo, sean líltnLion indemnizados en conrormidad á esta resolu- cion y bajo las mismas garantlas en ella estahlecidas. Póngase en conocimiento del Sr. Comandante U. Domingo Gutierrez esto fallo, por medio do cflpia lcg:Jiizada que se lo remitirá con la correspondiente nota y hágase saber al interesado para los fines do ley. Ayustin Jll~lo de la Veaa. En 18 de Agosto del mismo año el Sr. Procurador Gene- ral se prescnh) ante la Suprema Corte, pidiéndol6 que revocara el aulo del Juez de Scccion por haber sido dictado sin jurisdiccion para ello. Oído el informe del Juez, se dictó este, Falle • ., la 8uprema ~rte. IJuenos Aires, Febrero 5 de t814. Vistos: con arreglo :í lo dispuesto por el artículo cuarto' de la ley do catorce de Setiembre de mil ochocientos se- senta y tres sobre competcndn de lus Tribunales Nacionales, devuélvanse. SALVAoon M. DEL CAnmL.-FnMiCI seo DELG,\D,o. -Jo É DAnnos PAzos. -- J. D. GonOSTIA.GA. ~ J. DOlth~GuEz . .... '*' ....