DI IUS'PICIA IIACIOIL\1.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 16
ID: fallos_16_8
Texto del Fallo
DI IUS'PICIA IIACIOIL\1.
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En Octubre 22 d~ t 870, loa .Srea. Uriburu demaadaton
á Pictraneta por el paro de 597 pt\1. importe de aumi·
nialroa que dije.ton haber hecho al referido Bauo ea virtud
de la carta de recomendacion que Pialraaeta lea diriji6,
y del poder le,al y amplio del mismo Bauo para repre-
sentar á la empresa del vapor.
Conferido ltasladn, pidió Pietranera se <leaeohan le de-
manda con coalaa.
Dijo : que no habia autorizado ' los demandantes para
el desembolso hecho 4 Baaso ; que no constaba la ver·
tlad de esto ; que aun siendo cierto el crédito estaria
presr,rito ; que aun no eatando
prescrito, ao aeri* él
reaponaable do su paro en Y1rlud ·de loa mencionados
fa !loa de la Suprema Corte de OctoJbre de t 866 y de Agoa·
lo de 1168.
El Juez para mejor proveer ordenó exhibiera Pietranera
laa cuentas. remitidos & ál por loa Sr... Uriburu.
Se e.lhibieron y reconocier.on dichaa cuentu con al·
gunas esplicacione• ole una otra y patte y se dir.tó el si·
guienle :
............... k•••••·
lluenos Aireo, Setiembre U de ffl:/3.
Vistos : -Estos autos sesuidoa pot los Srea. Joaé Uri-
buru y ~.. contra D. Tom4a Pielranera, lo• primero•
veci!IOI de la Provincia de Salla y el aeguildo vecino de
esta, por cobro de cantidad de peso• que te dice aumi.
ni airada al director de la empren del vapor • Gran Cltaco •
y rMultaado :
1" Que la demaoda deduciu contra Pietnnera te run-