PAI.LOfl Da LA SUPilP.NA COIIU
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 17
ID: fallos_17_422
Keywords / Subjects
SOCIEDAD
CONTRATO
Ruling Text
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PAI.LOfl Da LA SUPilP.NA COIIU
lila, primero, m el de aer ••u tenedor del gam•do, y
poaleriormenle, en el hecho de teraocio de Olg11in y de
Uber ••w realizado la compra ¡1ara la Sociedad.
Tramitada la causa hasta pronunciarse senloncia, rué
apelada lila, y poAioríormente, Anulado el prooodimlen(o
ele l•lnstllncill, por sentencht auprdml\ de'Febrero 6 de
1872, fle(•rminándose en esta. que IIRihlndose reducida la
deman•la de Zorrilla. contra Oonzalez y la testamentaria
de Oigo in al cobro del valor de lt. letra que el primero aos·
teola proceder de parta del predo de una tropa de ganado
Yeadida por él A la Sociedad que Olguin tenia con Gonza·
lea, para eaa claae de negociot, era sobre la verdad de uatos
bacbosnegadoa por Olguin. que debia versar la prueba y
DO eobre los que hablan sido designados por el Juez que
falló en 1• Instancia la causa.
Devueltos los autos y vencido yn eltó•·mino de ¡1ruebu,
Zorrllla desistió de su acciou contra la lostamentaria, de·
jaudo subsistente únicam~nlo la deducida contra Gon·
ulea.
Y considerando: !• Que la existencia de un contrato de
SooiKad entre el Sr. Daniel Gon&ale& y O. José S. Olt'llln.
para negociar en ganados. e11tá plenamente justificado por
la ueritura original, de r. 223, reconocida judiciulmuute
6 r. 56 vueltA,
2" Qu~ este contrato es perructRmentAI válido, pues en él
dos socios, á mas de su crédito ¡louen sn trabajo. Olgniu
com¡1rando los animales en San Luis ó donde mas conv~n ·
p y Goualez haciendo las ventas ó mandando los gann·
doa ll Chil<. (Articulo 38i y 3119 del ~digo de C&
mercio).
3' Que nunque Goozalez declara ti r. úa, que ese contra·
lo ao tuvo er.cto, no consta que ha cumplido cou la
preacripoiou olel .ortlculo 492 del Código, por lo t¡ue res-