← Volver a resultados

PAI.LOfl Da LA SUPilP.NA COIIU

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 17 ID: fallos_17_422

Voces / Materias

SOCIEDAD CONTRATO

Texto del Fallo

- PAI.LOfl Da LA SUPilP.NA COIIU lila, primero, m el de aer ••u tenedor del gam•do, y poaleriormenle, en el hecho de teraocio de Olg11in y de Uber ••w realizado la compra ¡1ara la Sociedad. Tramitada la causa hasta pronunciarse senloncia, rué apelada lila, y poAioríormente, Anulado el prooodimlen(o ele l•lnstllncill, por sentencht auprdml\ de'Febrero 6 de 1872, fle(•rminándose en esta. que IIRihlndose reducida la deman•la de Zorrilla. contra Oonzalez y la testamentaria de Oigo in al cobro del valor de lt. letra que el primero aos· teola proceder de parta del predo de una tropa de ganado Yeadida por él A la Sociedad que Olguin tenia con Gonza· lea, para eaa claae de negociot, era sobre la verdad de uatos bacbosnegadoa por Olguin. que debia versar la prueba y DO eobre los que hablan sido designados por el Juez que falló en 1• Instancia la causa. Devueltos los autos y vencido yn eltó•·mino de ¡1ruebu, Zorrllla desistió de su acciou contra la lostamentaria, de· jaudo subsistente únicam~nlo la deducida contra Gon· ulea. Y considerando: !• Que la existencia de un contrato de SooiKad entre el Sr. Daniel Gon&ale& y O. José S. Olt'llln. para negociar en ganados. e11tá plenamente justificado por la ueritura original, de r. 223, reconocida judiciulmuute 6 r. 56 vueltA, 2" Qu~ este contrato es perructRmentAI válido, pues en él dos socios, á mas de su crédito ¡louen sn trabajo. Olgniu com¡1rando los animales en San Luis ó donde mas conv~n · p y Goualez haciendo las ventas ó mandando los gann· doa ll Chil<. (Articulo 38i y 3119 del ~digo de C& mercio). 3' Que nunque Goozalez declara ti r. úa, que ese contra· lo ao tuvo er.cto, no consta que ha cumplido cou la preacripoiou olel .ortlculo 492 del Código, por lo t¡ue res-