DE JUSTICL' • lUéiOlUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 18
ID: fallos_18_107
Voces / Materias
RESPONSABILIDAD
Texto del Fallo
DE JUSTICL' • lUéiOlUL
ttt
El J m:gado de Seccion ordenó la fianza de arraigo, y el
embargo provisorio.
F:l ca pitan del e Tromp , pidió revocatoria del auto relativo,
apelando in sub.tidium, despues do haber obtenido el desem-
bargo del buque por medio de una fianza provisoria.
Falle •el ol•e• 8eeelenal.
Buenos Aires, Febrero 8 ele 1876.
Vistos: estos i\Utos seguidos por D. Cristian Bokman, ca-
pitan de la barca Noruega << llnndrup•, contr;t P. B. Horno.;,
cnpitan del vapor holandes e 'l'romp • y especialmente el in-
cidente sobre revocatoria de un auto de embargo y conside-
rando: t " Que el embargo de qne so reclama, no ha sido
acordado para garantir del cr~dito 6 accion intentada, siuó
como un medio do hacer efectivo el arraigo, ti cuyo hecho no
se refieren ni pueden referirse los artículos citados del Có-
digo de Comercio t0i9, t030 y t03t quo al Mnsagrar la
inmunidad del embargo por ciertas deudas han tenido en vista
que los acreedores no sufrieran sin6 un retllrdo temporario ó
toeal en la ejecucion, pero que no puedo prevalecer ni hacerse
servir para entorpecer tal mtmdato de los Tribunales.
~ Que el arraigo solicitado so hallaba legitimado tanto
por haber sido solicitado bajo la responsabilidad del deman-
dante, cuanto porque se habían acompañado pruebas feha-
cientes del bocho que motivaba la responsabilidad que se
perseguía y no siendo' el vapor e Tromp • de la matticula de
este puerto, era de presumir que se ausentaría de él, con-
cluido que hubiera el objeto que :Jo trajo; y entre otros casos se
balla autorizado este procedimiento en 1& causa tOO de· los
Fallos de la Suprema Corte, tomo 3'' de la t • serie; deadt