DE Jlli'11CIA !CACIOIUL
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 18
ID: fallos_18_251
Keywords / Subjects
BANCO
IMPUESTO
Ruling Text
DE Jlli'11CIA !CACIOIUL
D. Antonio Lopez, y e• CU11tra el Banco Nacional, sobre
devolucion de UIJ dep<Mito.
Sumario.- t o El depositario está obligado cuando el de-
pósito es irregular, á restituir otro tanto del dinero deposita-
do, con tal que sea de la misma especie.
!O Una cédula de depósito espedido por el Banco Nacional
es un instrumento púl)lico, re ~ pecto al acto. jurídico que con-
tiene, y trae aparejada ejecucion.
3° No siendo convertibles los billetes de un Bao co, ni te·
niendo el carácter dl' curso forzoso, no pueden ser impuestos
en pago de un depósito hecho en pesos fuertes.
CtUo. - D. Antonio Lopez y C•, endozatarios de D. Lorenzo
Perez, del comercio de Yillagarcia ( E~paña ), siguió un juicio
ejecutivo contra el capitan del vapor Concepcion, D. Domingo
Abad, por cobro de 2,400 1 fts. prestados á la gruesa ventura
en el Puerto del Carril. El juicio se siguió hasta trabarse
embargo en el buque, en cuyo estado el capitan presentó al
Juzgado un recibo del Banco Nacional y pidió se levantase el
embargo del vapor.
El recibo es del tenor siguiente: