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DE Jlli'11CIA !CACIOIUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 18 ID: fallos_18_251

Voces / Materias

BANCO IMPUESTO

Texto del Fallo

DE Jlli'11CIA !CACIOIUL D. Antonio Lopez, y e• CU11tra el Banco Nacional, sobre devolucion de UIJ dep<Mito. Sumario.- t o El depositario está obligado cuando el de- pósito es irregular, á restituir otro tanto del dinero deposita- do, con tal que sea de la misma especie. !O Una cédula de depósito espedido por el Banco Nacional es un instrumento púl)lico, re ~ pecto al acto. jurídico que con- tiene, y trae aparejada ejecucion. 3° No siendo convertibles los billetes de un Bao co, ni te· niendo el carácter dl' curso forzoso, no pueden ser impuestos en pago de un depósito hecho en pesos fuertes. CtUo. - D. Antonio Lopez y C•, endozatarios de D. Lorenzo Perez, del comercio de Yillagarcia ( E~paña ), siguió un juicio ejecutivo contra el capitan del vapor Concepcion, D. Domingo Abad, por cobro de 2,400 1 fts. prestados á la gruesa ventura en el Puerto del Carril. El juicio se siguió hasta trabarse embargo en el buque, en cuyo estado el capitan presentó al Juzgado un recibo del Banco Nacional y pidió se levantase el embargo del vapor. El recibo es del tenor siguiente: