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DE JUSTICIA N,\CIOI)IAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 18 ID: fallos_18_263

Jueces

Costa

Texto del Fallo

DE JUSTICIA N,\CIOI)IAL negado el mandato y la retribucion ofrecida, sin ~abcrse dado prueba en contrario sobre esto, no son sin embargo, de los que pueda constituir una profesion y por· ttmto hacer presu- mir la remunerncion (Art. t35, /)e la Locacion, Código Civil) y de hecho no los ha alegado como tales, lo que hace que no sea atendible la accion ; 4° Que aunque el te.;tigo Doctor Nuñez ase- gura haber oído á Cárdenas que se proponía remunerar á Solá, es un testigo único y de oídas, y el hecho de haberle encomen- dado cartas á este últlmo por el demandado no es bastante para presumir que le hubiem dado una comision retribuida contra la sobservaciones legales que van espuestas. Por estas considcracione!! fallo: absolviendo de la presente demanda á Don Rafael Cárdenas sin costas. Repónganse los sellos, y notifíqucse con el original. Isidoro Alharracin. 1!'•11• •e 1• 8aprenaa "••••· Buenos Aires, Octubre 31 de 18'76. Vistos : no apareciendo temeridad en la parte actora, al ini- ciar y proseguir el juicio, se confirma con costas la sentencia de foja cincuenta y siete en la parte apelada ; satisfechas y res- puestos los sellos, devuélvase. JOSt BARROS PAZOS.-J. B. CO- ROSTIAGA. - l. DOMil'CCUIZ.