DE ~usnCJA fUCIOllfAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 18
ID: fallos_18_335
Keywords / Subjects
IMPUESTO
Ruling Text
DE ~usnCJA fUCIOllfAL
4° Que si bien no es admisible que la iutelijencia y prác-
tica dada al artículo t3 del Reglamento del Colegio Nacional,
autorizaba la exijencia del Sr. Cosson do que los servicios del
Sr. Paunero le estaban impuestos en virtud de ese artículo,
por cuanto del contesto con los de.mas artículos del Regla-
mento y especialmente con el artículo 58, se ve que la dis-
tribucion de libros que debe hacer el Prefecto, es la de los que
gratuitamente tiene que dar el establecimiento y no de los qne
l)e venden por un particular, como es en este caso, esto no
obsta para que, tanto por In dependencia, como por la práctica
invocada, y la circunstancia constante de autos, de que los
libros se suministral)an gratuitamente á los hijos del Sr. Pau-
nero, se entiende que su inteucion, al prestar esos servicio!~ ,
no fué la de lucrar con ellos, solo sí, la de beneficiar á aquel
tí. quien lo prestaba; y por consiguiente, aun Imponiendo el
convenio 6 conYencion precedente para prestarlos, no pudo
oxijir su remuneracion (art. 136 dél título • De la Locacion "'•
del Código Civil).
5° Que si bien el artículo t36, notes mencionado, dispone
que cuando el scrricio ó trabajo uo fuese relativo á la profcsion
ó modo do ,·ivir del que lo prestó tendrá lugar la rcmunera-
cion si no se presumo la intcncion do boncficinr, ll~&ra que esto
tenga lugar, es necesario que haya precedido convenio ó con-
trato de locacion, y este artículo dispone únicamente, para el
caso en que ese convénio no se hayu mC!ncionarfo la. r<•tribuciou
ó el quantum de la misma, s por tanto aun suponiendo no justi-
ficada la intoucion de beneficiar al Sr. Cosson, no es aplicable
al caso ocurrente, en que so ha confe ·ado no hallarse probado
el convenio 6 locacion de servicios que se reclama.
Por estas consideraciones fallo absolviendo á D. Alfredo
Cosson de la demanda instaurada contra él por D. Casiano
Paunero, repónganse y notifiquese original.
l1idoro Alharracin.