DE JUSTICIA NACIOlUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 19
ID: fallos_19_85
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIOlUL
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nal ó cstrangera, asi como los ganados de todas especie, quo
pasen de una'provincia á otra . •.. :. (art. ti).
Los abusos mismos que en su percepcion pudieran cometer los
e m picados provinciales, son pnsi bies do la j ur isdiccion local •
atlministrativa ó judicial.
Esta Córtc, pues, debe r.onfirmar en lo dispositiv() el fallo
apelado.
C. Tejedor.
Falle de la 8upre•a f:erte
Buenos Aires, &layo 19 de 1877.
Vistos : de conformidad con lo espuesto y pedido por el Sr.
Procurador General en su precedente vista, se confirma con
costa la sentencia apelada de foja Yeinte y seis; satisfechas las
de h~ inst.ancia y repuestos los ·ellos, dcruélrausc.
JOSe D,\1\ROS I'AZOS.-
J . D. GOROSTLAG,\ .
J. DOMINGUEZ.
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T. 1
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