FAI.I.OS DI L.\ SliPRIIIA CORTE
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 19
ID: fallos_19_210
Judges
Costa
Ruling Text
FAI.I.OS DI L.\ SliPRIIIA CORTE
Tampoco hay la operaoioo fraudulenta, de quo trata el artí-
culo t037, que declara solo tal la quo no apercibida, pod ia
disminuir la renta ; porque removidas del Rosario á Corrien-
tes las mercaderías pagaron sus derecbos, y ningunos otros
tenian que abonar de retorno.
Lo que so pretende castigar es únicamente el retorno de
un resto de esas mercaderías, en un baul de equipaje, sin guia
ni deolaracion pré,·ia.
N o oreo justa la pena del comiso para estas contravencio-
n es sin consecuencia.
C. Tejedor.
Buenos Aires, A¡;osto 7 Jo 1m:
Vistos: importaildo el procedente clict:ímen del Señor Pro-
curador Q, neralun desistimiento de la &l>clacion interpuesta
llOr el Procurador Fiscal de la sentencia pronunciada por el
Juez de Seccion, devuHvanse pré•io pago de costas y reposi-
cion de sellos.
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JOS! BARROS PAZOS. -J. D. GOROSTIAGA.
J . DOMII'{GU!Z. -
S. M. LASPIUR •
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