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con los traídos acl effectrtm videmli. JOSt BARROS PAZO

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 19 ID: fallos_19_212

Judges

Costa

Keywords / Subjects

PROPIEDAD DOMINIO

Ruling Text

!t6 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE nes, cuya ejecucitm se solicita, no están en posesion del deudor; de acuerdo al artículo i57, no ha lugar y repóngase el sello. Uyarri::sa. Buenos Airea, Agoato 14 do 18i7. Vistos : no pudiendo suspenderse los procedimientos do la tía ejecutiva en las tercerías do dominio hasttL despoes de con- sentida 6 ejecutoriada la sentencia de remate, conforme á lo dispuesto por el artículo trescientos dos de la ley nacional de procedimientos, so revoca el auto apelado de foja noventa y dos, debiendo trabarse el embargo en los bienes denunciados, como de propiedad del ejecutado y que existan en la casa que habita, sntisfcobas las costas y" repuestos los sellos, dcnlélvan- se estos autos con los traídos acl effectrtm videmli. JOSt BARROS PAZOS.- J. B. COROSTUCA. J. DOJIINCUEZ.-S. M. LASPIVI\.