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S\JPilt:M.\ tOI:'ft:

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 20 ID: fallos_20_73

Keywords / Subjects

PROPIEDAD DOMINIO CONTRATO

Ruling Text

80 f .\t.I.OS ()E U S\JPilt:M.\ tOI:'ft: que lo ¡>rohiba, cuanto porque, como rcfiril>llllose al contrato- de adqui si<~ ion ó 1\ la propiedad misuHl del terreno en cucstion, ella es legalmente prot•edento eon arreglo ¡\ la logisl11cion ante- rior, bajo cuyo im¡>erio se \'Orificaron aquellos beo:hos y con arreglo á o,.·yas leycs.y no¡\ las posteriormente dictada deben probarse ellos. 'o Que por el documento público de f. 32, <'Ontra cuya auten- ticidad nadla ·e ha probado, aparece tlt•mostrado que el fundo en cuestion pertencct' en llropicdad á D. Santiago R.uarte, cuyos derechos no, se ha negado, sean re pre~e i1tados pnrcil&huente por las demandantes; no ' iCJHll) exacto q u o por el derecbo antiguo se rt'quirit'se como una solemnidad sustancial y t>sclusiva dt• la \'Olidez dd contrato de Cómpru-,•cnta la cscrituracion del acto y menos la interYcncion en él de escribano público, pues como contrato esencinlmC'nte consensual que1laba perfecto por el simple consentimiento sobre la cosa y el precio y consumado ó concluido de una manera dcfiniti,·a por 1,1:; prc luciones de las p:ntes. I.ey 6, artículo 5, Pnrtida 5". 5° Que ni por la ltlgislacion antigua, bajo cuyo imperio se ~el ebró dicho act.o, ni por la nuenl puede considera.rse indis- pensable para la nlidez de él, dada su naturaleza y el hecho de estar de antemano yn en pos<'sion del terreno comprado, la asistencia de D. Santiago Ruarte al mismo acto. 6° Que por las posiciones de f .. . el demandado D. Ricardo Gonzalez ha reconocido la indivision actual de la sucesion de D. Santiago Ruarte. 7° Que dado estos antecedentes, y atenta la disposicion del artículo 8°, título « Del Condominio del Código Civil •, la enajenacion. si existe á favor del referido demandado D. Ri ~ cardo Goozalez, no ha podido hacerse ni de una parte material- mente determinada del fund<•, ni menos del todo de ~ 1. sin el consentimiento de los co-propietarios demandantes. 8" Que bcl.'ha dicha onnjeoadon los demandantes pueden