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Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 20
ID: fallos_20_73
Voces / Materias
PROPIEDAD
DOMINIO
CONTRATO
Texto del Fallo
80
f .\t.I.OS ()E U
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que lo ¡>rohiba, cuanto porque, como rcfiril>llllose al contrato-
de adqui si<~ ion ó 1\ la propiedad misuHl del terreno en cucstion,
ella es legalmente prot•edento eon arreglo ¡\ la logisl11cion ante-
rior, bajo cuyo im¡>erio se \'Orificaron aquellos beo:hos y con
arreglo á o,.·yas leycs.y no¡\ las posteriormente dictada deben
probarse ellos.
'o
Que por el documento público de f. 32, <'Ontra cuya auten-
ticidad nadla ·e ha probado, aparece tlt•mostrado que el fundo
en cuestion pertencct' en llropicdad á D. Santiago R.uarte, cuyos
derechos no, se ha negado, sean re pre~e i1tados pnrcil&huente por
las demandantes; no ' iCJHll) exacto q u o por el derecbo antiguo
se rt'quirit'se como una solemnidad sustancial y t>sclusiva dt•
la \'Olidez dd contrato de Cómpru-,•cnta la cscrituracion del
acto y menos la interYcncion en él de escribano público, pues
como contrato esencinlmC'nte consensual que1laba perfecto por
el simple consentimiento sobre la cosa y el precio y consumado
ó concluido de una manera dcfiniti,·a por 1,1:; prc luciones de
las p:ntes.
I.ey 6, artículo 5, Pnrtida 5".
5° Que ni por la ltlgislacion antigua, bajo cuyo imperio se
~el ebró dicho act.o, ni por la nuenl puede considera.rse indis-
pensable para la nlidez de él, dada su naturaleza y el hecho
de estar de antemano yn en pos<'sion del terreno comprado, la
asistencia de D. Santiago Ruarte al mismo acto.
6° Que por las posiciones de f .. . el demandado D. Ricardo
Gonzalez ha reconocido la indivision actual de la sucesion de
D. Santiago Ruarte.
7° Que dado estos antecedentes, y atenta la disposicion del
artículo 8°, título « Del Condominio del Código Civil •, la
enajenacion. si existe á favor del referido demandado D. Ri ~
cardo Goozalez, no ha podido hacerse ni de una parte material-
mente determinada del fund<•, ni menos del todo de ~ 1. sin el
consentimiento de los co-propietarios demandantes.
8" Que bcl.'ha dicha onnjeoadon los demandantes pueden