Se1to. Que si el acuedor ejecutante hubiese querido uimirse
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 20
ID: fallos_20_173
Judges
Costa
Keywords / Subjects
BANCO
Ruling Text
180
FALLOS D! LA SUPREMA CORI[
Se1to. Que si el acuedor ejecutante hubiese querido uimirse
del pago de las costas que se le habían originado con la ejcou-
l1ion, lo hubiese consignado asi en el arreglo celebrado, 6 de-
morado simplemente el arreglo. recurso que estaba en su de-
recho desde que se ha11aba ejecutando ti los drudores y babia
obtenido en g_arantía la inhibicion de enugenar sus bienes.
En mérito dl' estas consideraciones, se re\'ocn el auto ape-
lado de fojas treinta y cuatro; y se declara, que los seiiorrs
Jaime Llanllol é hijos no están obligados á pag~r otras co ~tas
ctne las que personalmente hubiesen causado eu los autos <'j ~
cutivos seguidos con el Banco Nacional, á que se relicrc el
presente recurso.
Satisfechas las de esta instancia, y repues-
tos los sellos, devuélmnse, pré,•ia entrrga al apoderado del
Banco, de las escrituras exhibidas últimamente;
l . B. GOftOSTIAGA. -
1. DOIII!'CGUEZ. -
O. LEGUIUIION.- ULADISLAO fRIAS.