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á sus sueldos del mes de Diciembre de t876, y el segundo á Enero de t877 ha sido instaurada con fecha 5 de Febrero do t878. 2

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 20 ID: fallos_20_416

Keywords / Subjects

BANCO

Ruling Text

• llE JUSTICIA IUCIOI'fAL so Que r-ecibida la causa á prueba á f. 7 se ha producido por el domand:mte la que sigue: t o J,¡a órden de D. Guillermo Matti á f. t3 para que permita sacar el carbon, Abril t9 de t877 ; reconocida en la séptima posicion de f. U; 2 3 posiciones de f. 14; so la prueba testimo- nial de fs. 32 á 35, y por parte del demandado: to La prueba ' testimonial de f. 22; 2" las posiciones de f. 23 y Considerando: 1° Que la demanda entablada por Walckman, • combrando sueldos como primor maquinista del cRio Uru- guay• y dos saldos do treinta pesos fuertes, pertene<.iente f " á sus sueldos del mes de Diciembre de t876, y el segundo á Enero de t877 ha sido instaurada con fecha 5 de Febrero do t878. 2" Que D. Guillermo Matti, absolviendo la tercera posicion lle f. U, reconoce haber quedado debiendo solo treinta pesos fuertes de los dos neldos que se le cobran, alegando ademas la cxcepcion de prcscripcion de deuda, de conformidad al inciso 5, del artículo t006 del Código de Comercio. so Q.uo igualmente confiesa estar debiendo los sueldos cor- re pondientcs 1i Walckmau, basta la fecha, en que por órden ju- dicial se practicó el embargo del Tapor uRio Uruguay•, que segun el cspcdicntc de la materia es del i9 de Febrero de i877; romo aparece de la toma de rnzon que corre á f. 5t de los autos cjccntiros seguidos por el Banco Mercantil contra D. Guiller- mo Matti. 4" Y finalmente, que este no es responsable personalmente sin6 el depositario que se nombró ;} con ecuencia del embargo trabado, }IOr los sueldos posteriores á dicho embargo, segun las n•glus del derecho mercantil. Por estas consideraciones y de conformidad á los artículos citados declaro: i " que está prescripto el saldo de treinta pesos fuertes de los meses de Diciembre y Enero que se reclaman por el dt>mandantc.