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DE Jl!STICIA ftACIOlUI.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 22 ID: fallos_22_54

Keywords / Subjects

PROPIEDAD

Ruling Text

DE Jl!STICIA ftACIOlUI. 59 so btln dispuesto en los mismos te,.. o nos, y en cantidades tan exageradas que escoden con mucho á los límites scúalados en las mismas escrituras. Tampoco consta en parto alguna, por documento ni por re- ferencia fehaciente, que el dicho pudro comun Pcunyos hubiera tenido otros terreno de campo, fuera de los mencionados, y si solo un solar de treinta !/ tres !/ media tlftNl ,, do frente con su fondo correspondiente, situado en la ciudad dt• , ' anta-}'~. el cual por lo risto fué adjudicado á los bcredt>ros f l-lix y Murcolo por la venta de que llu ~ 1 hicieron un 1822 (l D. , 'an- tiugo ];ezcano. \'amos ahora á ver rlo CJIH~ modo por In SIH'<•sion de dcrllchos, llegan á. deducirce los a!egado · por lo' litigante. en este jui- cio. Y á tul liu es conveniente con claridad establecer, las res- pectivas posiciones de las divt•r:;as zona ó lonjas paralelas y adyacentes en los terrenos 1le cste a ·unto, con frt•nte al rio Salado: prcscindiéndose de lus tortuo idados do este, por no hacer ;) la cuestion, numerándvsc aquellas de una á diez á par- tir del ~ o rtc, segun el croquis que acompaña á esta rcsolucion. i• }:;:;ta zona J>l'rtcnecu á D. J usó lturraspe, y sus derechos lo ,·inicrou de Lazagn, no siendo hoy motivo do cuestion al- guna. 2• Esta fuó primith·amente do ~arc iso Flores, de r¡uicn cu i8!l6 pasó á se-r propiedad de Angulito Hcnriquez: siundo pos- teriormente ven ti ida por los heredero, de este en 1800 á U. H i- cardo Fostcr. Su l'Stcnsion es do cinco cuerdas al naciente so- bre el rio; siendo cada una de cien varas castellanas. 3• Esta uertll compuesta do una cuerda sesc11ta !/ cuatro 'liaras do frente ni mismo rio, fuó compmdll al nJmhrado Flo- res, du01io de la nnterior, en ti87 por D. Juan Pablo Penayos, y dti princiJlÍO á las tierras de esto, quo basan cstu pleito. Y es muy probable que en la particion extrajudicial que so hi;w de los bienes do Penayos, fuese adjudicada á su hijo José Roque,