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D& 108TICü l(ACIOlUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 22 ID: fallos_22_230

Judges

Costa

Keywords / Subjects

COSA JUZGADA ADUANA

Ruling Text

D& 108TICü l(ACIOlUL Walle •• la ••••e•• "•••• Bueno• Airea. Seliembre 25 de 1~. Vistos y considerando: Pnmero: Que el recurso de apelacion interpuesto por la parte de Formentino contra la resolucion del Administrador de Ren- tas Nacionales de Gnaleguay, corriente á foja treinta, no fué deducido en tiempo oportuno ante el Juez de Seccion y por consiguiente declarado desierto por el decreto de foja dos ; Segu11dt>: Que la mencionada resolucion 'lued6 en conse- cuencia consentida y con fuerza de cosa juzgada, teniéndose por eoncluido el asunto para todos sw efectos con arreglo al ar- tículo mil sesenta y ocho de las Ordenanzas de Aduana. Por estos fundamentos y atento lo espuesto y pedido por el Señor Procurador General, se revoca la sentencia apelada de foja cin- cuenta y cinco vuelta. Devuélvase por tanto los autos al Juez de Seccion, prhh satisfaccion de costas y reposicion de sellos, para la ejecucion de la resol01cion administrativa de fojas treinta, y esclareci- miento de los hechos denunciados por el Administrador de Rentas en su nota de foja once. 1. B. COROS TIACA. -1. DOKir'GVU.- O. LECUIZ.UlOlll.-OLADI&L.lO flW. - 8. K. LASPlUB.