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DE JUSTICIA IUCIOIUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22 ID: fallos_22_280

Voces / Materias

ADUANA

Texto del Fallo

DE JUSTICIA IUCIOIUL mismo de las disposiciones del Registro Oficial ; asi es que se ratifica en asegurar que ignoraba, que la caja debiese tener dos llaves, para que una de ellas estuviese en su poder. Que tampoco los seiiores Visitadores que habían visto la caja con solo una llave, jamás hicieron observacion alguna advirtiéndo- lo para que se subsanara. A foja 72 el Procurador Fiscal ad lwc, sin entablar acusacion, pide en mérito de los antecl'dentes, que se dé por compurga- das las faltas en que ha incurrido Drau con el tiempo do pri- sion que ha sufrido y que se le ponga en libertad. F.mpero, por providencia de foja 73, no obstante el dictámen fiscal, se pidió á los l"isitadorcs de aduanas los informl's que corren de foja 77 á foja 85. Hecha la defensa que corre á foja ... se recibió la causa á prueba por auto de foja ... y las presentadas por el defensor son las que corren de foja 91 á foja t05, constante de las declara- ciones que favorecen al procesado y lo clasifican de honradez reconocida, incapaz por lo mismo da haber tenido parte eu la sustraccion de fondos de la Aduana del Uruguay, que mas bien atribuyen al Administrador Espoleta. Esta es la historia de lo que arroja el proceso y de Jl)s cono- cimientos y datos que han debido senir de base á la acusacion, como deben servir en la sentencia criminal que no puede ser sinó el corolario del juicio, sobre el punto de los hechos de cuya certeza debe emanar la conviccion. En su mérito. Considerando: to Que el déficit de la caja de Aduana del Uruguay, siendo su Administrador el finado Salvador Espeleta y Contador Interventor, el procesado F'rancis.co Brau, segun liqui- dacion de la Contaduría General, foja -1, asciende á la suma de veinte mil seiscientos diez y nueve pesos fuertes con cuarenta y tres centavos, cuya falta importa una sustraccion criminal de fondos, punible por ley; y que no puede imputarse sinó á los empleados á cuyo cargo ha estado y corrido el manejo de la caja.