DE .IIJSTICIA fUCIOlUt.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22
ID: fallos_22_320
Keywords / Subjects
TASA
Ruling Text
DE .IIJSTICIA fUCIOlUt.
guel Duggan y hermano contrataron en esa forma segun resulta
de su aceptacion en la curta de AroceM fecba 22 de Octubre
y de los recibos que originales corren de .& á 7.
o~ Qu~ el acto jurídico ejercido por D. Miguel Doggan y her-
mano en la ncgociacion con D. Alejo Arocena es el de comisio-
nistas, y por consiguiente quedaron directamente obligados y
responsables persunalmentt>, pues que, como queda dicho, esa
comision fué aceptada á su nombro individual, fueron ellos
quienes personalmente aceptaron las condiciones que Arocena
le imponía para hacer adelantos, quicr.es recibieron dichos nde·
lantos, y quien~s por fin firmaron los recibos, á su solo nombre,
todo lo que, constituye una Cl>nsignacion egun los artículos
300 y 335 del Código de Comercio.
tO. Que las palabras «por cuya cuenta (de Urritigoity) se
mandan estas carnen, que contiene hl carta de Duggan y her-
mano á Arocena, fecha 20 de No\'it>mbre de t877, corriente á
f. t3, no son bastantes para considerar á on comisionista como
mero intermediario 6 mandatario; pues que para despojarse de
su rol ordinario en tll comercio bubria sido necesario que hu·
biest>n declarado paladinamente que obraban á nombre de su
comitente con palabras qne no dejasen duda al respecto (Tro-
plong, Del ma11dato, númdro SH).
t l. Que aunque se prescindiera de a~erigoar cuál es el rol
que los hermanos Duggan dt>sempcitJron en esta nt>gociacion
si corno comisionistas ó simples maJHiatnrios de Urritigoity
atenta la buena fé que debe reinnr on las transacciones comer-
ch•les y la fidelidad á las co•n·cuciones siempre pt>saria sobre
ellos la obligacion que contrajeron vrrbnlmente y n que se re-
fiere la carta de f. tO ; de de,·ol\'cr las diferencias de los nntici·
pos con el vall•r do renta de los tasajos en caso que es' e no
cubriere aquellos, condicion impuesta por .Aroccna antes de dar
los anticipos y aceptada cuando menos, tácitamente por ellos al
recibirlos, otorgando los recibos en la forma qull tienen.
T. sm
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