DI JUSTICIA lUCIOlUL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 22
ID: fallos_22_358
Judges
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Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
DI JUSTICIA lUCIOlUL
nombrara un depositario judicial que loa retuviera en su poder
hasta la resolucion del asunto, proponiendo 11 estu fin á D. An-
drés Merea.
Buenos Aires. Setiembre 30 de 1880.
Por acreditada In competencia del Juzgado. De la demanda
traslado, al primer otrosí como so pide cometiéndose h1 acep-
tacion del depositario, y repóngase el sello.
Isidoro A lbarraciu.
~otificado D. Gabino llooguillot, espuso: que era comple-
tamente falso que el csponente hubiese encargado li V erina la
guarda y conservacion de los objetos que existen en la casa
cullc de Venezuela ~ o 513; que no babia ninguna ley que
autorizase á V c ritH~ ¡>ara pedir el depósito 6 embargo simulado
de enseres que pertenecen al esponente que no está ligado con
rínculo alguno con Y erina; que si el contrario quiere garantías,
está dt:.puesto ¡\ dárselas á satisfaccion, siempre que él haga lo
mismo por los daiios y perjuicios que le irroga promoviendo
este injusto pleito. Que por esta rnzon apela de la parte del
auto en que se nombra depositario.
Buenos Aires, Noviembre 13 de 188>.
Vistos : estando contradichos por el demandado y no apo-
yándose, sin6 ttn la propia afirmacion del demandante, los hechos