del cadáver ósea en la parte del Yientre y que además tenia una soga en la cintura, todo lo que coincide con lo declarado por los inculpados perpetradores ae la muert
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 22
ID: fallos_22_422
Jueces
Ramos
Costa
Voces / Materias
SOCIEDAD
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL
427
el cadáver en la ribera del rio, mas abajo de la Paz, se pre-
senta sin la prueba al ménos la prcsuncion de que no debió ser
otro que el de Hernandez; pues dichos declarantes determinan
seiinles de herida en el costadO" del cadáver ósea en la parte del
Yientre y que además tenia una soga en la cintura, todo lo que
coincide con lo declarado por los inculpados perpetradores ae
la muert" de dicho Hernandez.
so Que pasado al uámen 6 consideracion de la defensa hecha,
los reos Ignacio Ramos de María y Nazario Palacios, fojas f8
á 85, el prin ~ipio jurídico en que se basa asegurándose que si
la confesiou de los inculpados es aceptada como fundamento
de prueba, es decir, hasta ~n las cscepcioncs ó disculpas de
ellos. Claro es que por ese mismo principio, eu el presente caso,
Yisto lo espuf'sto por los citados reos en su indagatoria y con-
fesion, pntcntizándose por ellos mismos, sin disculpa ni vaci-
lacion los crímenes que perpetraron con conciencill 111 robar el
buque, y al darlo muerte á Hcrnandez alevcmento y por ven·
garse, como queda demCistrado anteriormente; Yiene pues á
resultar que del tal principio, citado por 61 defensor, no puede
al presente hacerse una regla de atenuaoion en la criminalidad
de los reos, sinó mas bien de agravaoion.
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Asimismo los otro:J argumentos que funda en la ignorancia
do sus defendido~ uomo. hombres de la clase inculta del pueblo,
con las preocupaciones, pasiones y errores de que ado~ecen las
masas especialmente agrestes de nuestra sociedad; no pueden
de modo alguno presentarse como causas 6 motivos de su incul-
ptlbilidad criminal ni de atenuacion que les farerezca, sin con-
trarillr basta los instintos racionales que hacen conocer á todo
hombre lo que es malo y lo que es bueno, social y moralmente
hablando, por supina que sea la ignorancia, sobre todo ¿ qui6n
no v6 lo que de la aceptacion de tal disculpa resultaría? El des-
quicio moral y social, quedando sin fuerza alguna l11ley.
9° Que en la defensa hecha do fojas 82 á 85 á V icen te Cal-