110r haber hecho 'arias opcracion•• en los eajones de ncoite: eu ~ne In pericia praotieada no merece el nombro de tal, por~uo no espresa In cnnsn de 13 ttt
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 23
ID: fallos_23_65
Ruling Text
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fALLOS D& U. SUf ftUA GOI\11:
instrumenlus cortantes, habiendo algunas aboyadas en la parle
rola.
Cuu estos uutecedontes X !CCU i, T!t'gll,l y Cill. domrmda.ron t\
Sívorí y Scbiurlino diciondo, que el clsabella• b<1bia lraido para
ellos cuatrocientos co.jones aceite, doscientos oincuonta direc-
tamente á su eonsignl\eiou, cuyos
c:ono~im i ento s originales
acompañan. y eiento cinnueutn C(lusignados ti Don Santiago
CrOC<!, cnyo ronoeimiento fué en<losodo á f••or do elloa, pero
no lo neompnilnn por hnt.cr r¡u~clndo t u la Adunun, como es de
práotica tratándose de conocimientos endosados.
Sivori y Sobiaf6no pidieron ol rechazo do la demanda, fnn·
dándose en las cláusulas del oonocimieoto: en quulos cargadores
bnbiun perdido el derecho de pedir pcrici" 110r haber hecho
'arias opcracion•• en los eajones de ncoite: eu ~ne In pericia
praotieada no merece el nombro de tal, por~uo no espresa In
cnnsn de 13 ttt"cr(as; en qne ~1 juzgarlo n!l debe tomar en consi·
dernoion lo dt•mandn ~• 13 que se refiere á los oajQn• '· cuyos
conooimientos no ha ncomp11iindo ••1 nctor: y en que lo-s lumttn·
d:mt.es Jrara poder rt.o.cl:lmar debl'dn judtifioar cada una de IB!i
partidas ac la cuenta.
8u&noa Aire~. Octubre 16 dt 1880
Yistos: estos nuto• seguidos por los soi\oros Noectti y Treglia
r.ontra los señores Sifoti y Sohi :a ffino~ por avorías, do los en¡ales
result10:
t• Que los primeros se presontoron demandando ó los se-
gundos por el pago de las a•·erino á qu~ se refiere la cuenta
de foja 5, londndos en que estos h&bian sido ya reconocidas ju-
dicialmente, J las domas parUdas que oe comprende en la
m.itm" cnentn, eran perjuiuios inn1ediatoa y directo• por Ju