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110r haber hecho 'arias opcracion•• en los eajones de ncoite: eu ~ne In pericia praotieada no merece el nombro de tal, por~uo no espresa In cnnsn de 13 ttt

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 23 ID: fallos_23_65

Texto del Fallo

70 fALLOS D& U. SUf ftUA GOI\11: instrumenlus cortantes, habiendo algunas aboyadas en la parle rola. Cuu estos uutecedontes X !CCU i, T!t'gll,l y Cill. domrmda.ron t\ Sívorí y Scbiurlino diciondo, que el clsabella• b<1bia lraido para ellos cuatrocientos co.jones aceite, doscientos oincuonta direc- tamente á su eonsignl\eiou, cuyos c:ono~im i ento s originales acompañan. y eiento cinnueutn C(lusignados ti Don Santiago CrOC<!, cnyo ronoeimiento fué en<losodo á f••or do elloa, pero no lo neompnilnn por hnt.cr r¡u~clndo t u la Adunun, como es de práotica tratándose de conocimientos endosados. Sivori y Sobiaf6no pidieron ol rechazo do la demanda, fnn· dándose en las cláusulas del oonocimieoto: en quulos cargadores bnbiun perdido el derecho de pedir pcrici" 110r haber hecho 'arias opcracion•• en los eajones de ncoite: eu ~ne In pericia praotieada no merece el nombro de tal, por~uo no espresa In cnnsn de 13 ttt"cr(as; en qne ~1 juzgarlo n!l debe tomar en consi· dernoion lo dt•mandn ~• 13 que se refiere á los oajQn• '· cuyos conooimientos no ha ncomp11iindo ••1 nctor: y en que lo-s lumttn· d:mt.es Jrara poder rt.o.cl:lmar debl'dn judtifioar cada una de IB!i partidas ac la cuenta. 8u&noa Aire~. Octubre 16 dt 1880 Yistos: estos nuto• seguidos por los soi\oros Noectti y Treglia r.ontra los señores Sifoti y Sohi :a ffino~ por avorías, do los en¡ales result10: t• Que los primeros se presontoron demandando ó los se- gundos por el pago de las a•·erino á qu~ se refiere la cuenta de foja 5, londndos en que estos h&bian sido ya reconocidas ju- dicialmente, J las domas parUdas que oe comprende en la m.itm" cnentn, eran perjuiuios inn1ediatoa y directo• por Ju