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Octavo: Que Willl1ms¡• Cit~ •ru aleg1ron uo deber sinó la

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 23 ID: fallos_23_278

Judges

Costa

Cited Norms

ley 1

Ruling Text

Octavo: Que Willl1ms¡• Cit~ •ru aleg1ron uo deber sinó la suma de noYenta J dos pe3u y ciu(ueula centafOI fuertra por costas, que p;lgaron tu el ocio, oponiendo respecto del resto de la euenta lo escepciou de faludatl dt titulo fun· dada en que nunca fueron deudores personoles de Bad11ratco é Rijos 1 que estos hablan r• (Obrado au crédito contm el p&i1ekt • f:neas • en el precio de a u tcuta juditaal l'io~'f'IIO: Que tal escepeion, conforsne con la aentenci• doeotu Suprema Córte de fojn ciento cuorentu y cinco, fue a in owbarvo desechada, siendo en coosecueucho condenados Williams 1 Ci· chero al pago de la totalidad de la lic¡uidacioo de foja doa· cientos ci_acuenta y uno ton interdea 1 cost.s, ejeeuU.ndoae esta rtaolucion en nneros bien ea de lo; demandados, que ruaron embar¡adoa 1 vendidos judiciulmente. D«imo: Que posteriormeute, W olliams 1 Cicbero demandaron i Bad~raoeo é Hijos en vía ordiowria por lo de•olueion de la toma de clncaenta 1 doa mil lrucientos h einla y cinto pesos moneda corriente importe de l• lit¡uidocioo do fuja dosoientaa cincneota r uno 1 adcmis los loltreses '1 costas que indebida· mente faeroo coodenedo• á pagar por la mencionada sentencia del juicio de apremio. Y eonalderaodo: Primero : Que Wlllloms '1 Cicbero no estaban obli¡adoe al pago d•l erédito de llodaraeeo ~ Rijos sinó ell eualllO eran los compradorn del pailebot • Eneaa • Afectado por la ley 1 por sentenola de uta Suprema C6rh á l:o responnbllidad del men· clonado cr~dltn. &gu"do: Que dupuu de nodido judiciolmente el pll· le bol • Eneas •· t pedido de Dadaracco é Hijos, el prinleglo de •n crédito solo podin ejercitarse 10bre ol precio del buque, ton arrea lo ' loa arUculoe mil <e in le '1 mil reintey tree del C6digo deeo-eio. Ter«TT : Que •• eonsecueooia, la uu .. a obllaaeioa 'por· •. m ~