DI IVSTICJA ftACIOftAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 23
ID: fallos_23_408
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
DI IVSTICJA ftACIOftAL
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Bueno• Aln!t, lim o 10 de 1881.
Por reelbído: resultando qne 13 eom~tenci~ ba sido dedu·
eida como urepciou dilatoria ante el mismo Juu que se ereia
incompet.nl.e elijiendo al( el primero do los medios indicados
en el articulo euarontn y cinco du la ],ey de Prooedíruientoa:
que en cate cuo el procedimiento que corresponde no es el mor-
cado por los artículos euarcnla y seis y siguiente~, pues upr~
aamente te determina en aquel, quotolo procedo para el segundo
de los aasos cspresodos en el urtrculo anterior, •in6 el general
fijado por la ley pan• las demas ctcepoiones dilatorios: que 11
bien la prorogaeioo de la jurisdledon solo ae nrifiea por la
contestaeion de la demanda, como esprrsamonte te consigna en
el articulo doee de lo Ley de Jurisdloeion y Competencia, una
vez que so remito una parte i la rcaolueioo do un Juuaobre su
propia competencia llene uta toda la autoridad 1 fuero neuu-
rios, teniendo el oeurrenle que sujetarse á ella 6 buscar los
remedios legales de apclacion d otros: que habiendo ya resuelto
el juez Doctor Noguera sobro el punto do competencia c¡uu
la miama parte ha aometido á su fallo, ha quedado cerrado el
reoano marcado por 101 artículos cuorenta y 1rúty aiguientu,
quedando los que la Lo:r do Procedimientos de la l'rovlnnia oon-
coda á laa sentencias que estatuyen sobre escepclonos dilatorias.
Por estoa fundamentos so declara lneowpeteute este .Juzgado
para conocer en el juicio promo<ido ante la justida provincial;
por Don Ansol, Doa Federico y Don Cárloa Herrero por a!,
n on Juan A. A¡¡relo 1 Don l!' nnoilco Puig on reprcsentac!on
de sus esposa• contra Doa Joe4 .&laatai sobro entres• de UDII
onj11, 7 Wcaae aülrll J~tta qH eoaoee en ~1, á ereeto de qua
eoatiuúe en au proeetlaleatos. Repóngase el aello.
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