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L& ..,_ coau

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 23 ID: fallos_23_569

Texto del Fallo

r.\UM • L& ..,_ coau pto presentado por una de los partes, el demandado pidió que la daJUJadaoto absoviera po.;iciooea á lo que esta ae opusu ale· cado que estaba oorrada la discusion de la causa. l'alle ••• .lun •• t'ee•l•• Buenos Aite..s, A¡ostó 25 de 1881. Viatos: 1 teniendo presento que eon la separacion del ale- p r.o de bien proba~o de la parte do ·oou Adolfo Schlcioh ho quedado sin ef•oto el decrct~ de autos para sentencia y que por esta causa, el escrito del riOtnllndlldo en que pirle absolueion de po1ioioncs ba sitio preS<•ntado e11 oportunid:td: Callo que debe procederse á 1• dilijeucia pedid:~, y al cfeoto ae soiiala la ou- diencla del mióroolo• pr6ximo ,¡ lns d.os do 111 tarde para que la Señora Doña Mttrí11 .Tílst!f;l y Don F.tustino G¡mene:·z eorntllt- rezcun á prestar la absolucion sulioitu•la. R~p6ngase . Albnrra.cm. Buenos Airu, OW1bN L3 de l8Sl. Vistos; resultando de los autos de foj• doce vuell• que la solí- oitod para que el demandante absolviera posiciones, bo sido pre- aentadn autes de habeno lla,n ~ul o aut.os parn definitiva, do aootrdo cou el artículo ciento ocho de lo ley de Procedimientos; •• cou6rma eon eo~tos el auto npoludo de foja ciento treinta TUelta. Satisfeohas estas y rep11C$IA>S los sellos deTuél .. ns~ . l . DOMI~CUU. - O. LEG~IZAMO~ . - lJU.OISLAO f hlAS. - S. JI. USI'IUU.