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DE JUSTICIA l"AClOIUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 24 ID: fallos_24_308

Judges

Mendoza

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Ruling Text

DE JUSTICIA l"AClOIUL 3t3 Caso. -D . . Felipe Correas, argentino, demandó ante ol juz- gado de letras de Mendoza á D. Federico Mallmann, estran- jero, pidiendo su citacion por edictos. D. Juan de la C. Bnrrios, apoclemdo de :Unllmanu, se pre- sentó deduciendo cxcepcion rle incompetencia del Tribunal de Provincia. Habiendo sido declumdo in"ufioicntc el poder de Barrios, se hizo la citacion por ed ictos, y cumplidos estos, :Uallmann fué declarado rebelde. Barrios presentó un nuevo poder, y reiteró la excepcion de i neo m pctencia. Correas sostuvo •¡uc el demandado no tenia mas recurso que él de rcscision. En este estado el Juez tic Letras recibió una requisitoria del Juez Federal de Uucnos Aires para que so inhibiera del cono- cimiento del .. suoto, y le remitiera los antecedentes. Alll'O DEL Jt:EZ DE LETIIAI' Mentloza, ~o' iembrc 1 tll' 1881. \'istos y considerando: 1" Quu corriJas lo: trámite · fijados en el articulo :13:;, Ley de Enjuiciamiento, para los ca so~ de contienda de compett>nciu, el actor señor Correas en 1 ugur du contestar el traslado conferido 1\ fojn .... pide ¡¡e declare prc- riamento revocado el poder acompni~a d o por el apoderado dol señor Bruscbmam (sustituto de ;¡[allmann y C•. representantes del den:¡andado D. Federico ~lnllma n n), y nulo todo lo actuado desde su presentnoiou al juicio, por haberse entablado poste- riormente la competencia de jurisdiccion ante el Juez de Seccion de Buenos Aires. 2° Que la solicitud antes referida es improcedente, por cuanto la cue lion de competencia es pré- \'ia á cualquier otro incidcntt· y por ('Onsiguientc el ,Juzgado debe previamente proveer ·obre t'lla. 3° Que habiéndose dado