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F"l-0' M U IUUIIA COift

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 24 ID: fallos_24_317

Jueces

García

Voces / Materias

SOCIEDAD CONTRATO

Texto del Fallo

F"l-0' M U IUUIIA COift tratoe se relacionaban directamente á lo1 negocios . para. los qae ae babia formado la sociedad, artículo 450 Código de Co- mercio. 4• Que por consiguiente, los créditos cuestionados r e ~ponde n á Karch por el precio de sus harinas, aunque ellos no estén á nombre de la sociedad, sinó en el de unos de los s6cios, como un resultado necesario de la forma de la sociedad misma. puesto que constituyen una parte del fondo social. 5o Que esttmdo esos créditos bajo el nombre individual de Fúnes, este pudo enagenarlos mientras e tuvieron libres de todo gravamen 6 embargo, ya personalmente ó por medio d ~ llD apoderado constituido en legal forma. 6• Que D. ~icasio García afirma en su escrito de dtlmanda á foja 35, que cunudo esos escritos estaban libres de embargo y de toda restriccion, le fueron \'eodidos por Fúnes por interme- dio de su apoderado D. Martin Velasquez con plena autoriza- eion de aquel, y siendo este mismo cointeresado en su importe á mérito de contratos existentes entre \ elasqnez y Fúnes '7° Que este en su escrito de f. 65 no solo no dice que él hubiese vendido ni cedido á Oareía eso~ créditos, siu6 que afirma que éste hizo la compra á D. Martín Yelasqucz que era so apoderado para correr con la uegociacion ante el Gobierno Nacional, y que la enagenacion se hizo por la escritura pública que corre agregado en autos. SO Que en esa escritura que obra á f. 3 con que se presuntó García ante el Gobierno para acreditar la cesiou no se clicc que Velasquez le otorgase como apoderado de F'únes, sinó que, por el contrario, en ella aparece Vela quez como otorgante en so propio nombre, vendiendo á Garc{a un crfdito que le adeuda el Gobierno Nacional. Que no cabe lugar á duda que es Velas- quez y no Fúnes el otorgante de esa escritura, no solo porque el nombre de este no aparece para nada en ella, sin6· tamhieo porque al final de la misma ae hace espresa mencion de haber