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El mismo dia 28 de Agosto, la parte del Doctor Mezquita

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 24 ID: fallos_24_479

Texto del Fallo

praeba, c·moluyendo el término probatorio el ~ do Agosto de tSM. El mismo dia 28 de Agosto, la parte del Doctor Mezquita presentó tres escritos dentro de las horas de oficina, y uno á las 9 p. m. en casa del actuario, pidiendo doce diligencias de prueba, consistentes en inforn1es, remision de espedientt>s, de tarifas, planos, compulsas, testimonios, etc. El Juez de Seccioo con fecha 29 de Agosto no hizo lugar á lo solicitado por no poderse practicar las diligencias relatiras dentro del término probatorio. J. '\ parte del Doctor Mezqruita reclamó, por no tratarse de de prueba de te tigos, y ser :posible la rerificacion de las dili- gencias, habilitando horas. lluenos Aires, OcLubre 18 de lHS~ . Y vistos, por los fundamentos aducidos por el representante de la .lfunicipalidad on su escrito do fecha H de Setiembre ppdo. y conshlcrando ademas : toQue segun el arlíoulo 39-l de lu Ley Xacional de Enjui~ia­ mienio las leyes preexistentes que reglamentan los procedi- mientos judiciales son suplen,entaria de ella en cuanto no se opongan á sus disposioione5. 2" Que entre aquellas :;e encuentra la ley to, título G, libro 4, R. C. segun la cual los t(.rminos se abren para probar y haber probado y 1)resenlar la 1)roban:a, principio que la ley de Proce- dimientos por los Tribunale:!l Ordinarios de la Capital ha reproducido en su artículo H 8; que las diligencias de prueba deben ser pedidas, ordenadas y practícadas dentro del tér- mino. T. lV