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U ..,.._. COBft

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 25 ID: fallos_25_181

Keywords / Subjects

QUIEBRA NULIDAD CONCURSO

Ruling Text

t• r•• •• - U ..,.._. COBft Jos' K. Rabio y C•, H opusieron y pidieron que la causa puase al Jaea del Concurso, declarando nulo todo lo obrado dude el dia de la quiebra. La Suprema Corte declaró nula la sentencia de t 1 de Abril de t8'77,y ordenó que el acreedor debia hacer uso de su dere- cho en el juicio de concurso. Antes de remitirse los autos, Martino esposo que: la quiebra babia cesado por concordato de 4 de Diciembre de t 876, y que la sentencia de la Corte, fundada en el error de hecho respecto de la existencia de la quiebra, era nula; y pidió que se decla- rara nula (artículo 9, título Nulidades, Código Civil) y subsis- tente. la de t t de Abril de t877 . ...... •.. ..... ........ Buenos A.irea, Agosto 8 de 1882. Y 'istos: Por los funda!Jlentos aducidos en el precedente escrito que el Juzgado encuentra arreglados, y considerando además: t• Que aun suponiendo cierto que el auto de quiebra dictado contra los señores Rubio y F1.1ley fué levantado antes de la sentencia, foja 60, lo que no está probado, pues en el cer- tificado, foja t0'7, se nota que la palabra seil esta escrita sobre otra rupada sin que baya sido salvada al final, apercibiéndose no obstante que la palabra raspada es siete; el demandante no desconoce que el juicio se ha tramitado durante el estado de quiebra judicialmente declarado, de dichos señores. Qoe por consiguiente, siempre seria nula la sentencia por haberse prescindido de trámites esenciales del juicio, de la in- tenencion legítima del síndico dftl concurso, violándose lo dis- puesto en el artículo t5M del Código de Comercio, y adem:is, porque en todos estos trámites el Juez careoia de la jurisdic- cion indispensable para decretados.