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DB IUI'ftCU RACIOIUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 25 ID: fallos_25_248

Judges

Costa

Ruling Text

DB IUI'ftCU RACIOIUL se le proponía, 1 en que se ocupaba con cierto misterio, fuera licito. Agrégase á esto todavia las declaraciones de D. A. Irigoyen y de so dependiente, que no pueden ser mas esplíeitas, foja, tO 1 t5 v. El otro fundamento de la defensa no es mas serio. Cuando la ley declara de curso legal una .moneda, la declaracion abraza á todos sus derivados. Cuando declara, por ejemplo, que el papel moneda de la Provincia de Buenos Aires sea recibido en las ofi- cinas nacionales. no necesita enumerar los diversos nlores des- de t peso hasta 5000. La sentencia apelada es de toda justicia, y muy equitativa, puesto que ha limitado la pena al mínimun de la ley. No va- cilo en pedir su confirmlleion. Eduardo Costa. Falle •• la ....... C1ene Bueno• Airea, Mayo 8 de 1883 Vistos ; por sos fundamentos y do conformidad con lo es- puesto y pedido por el Seiior Procurador General en su Tista de foja setenta y nuere, se confirma con costas la sentencia apelada de foja cincuenta y seis vuelta. Comuníquese al Poder Ejecutivo y devuélvanse los autos al inferior para que manda reponer los sellos y remita las treintafy tres piezas de moneda que fueron embargadas á la casa de moneda' fin de que sean inutilizadas. l. B. COROSTIACA. -J. DOMI.li(C(JU.- VLADISLAO FRIAS. -S. M. LASPIVB. - M. D. PWill\0 . .......... ,.....