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En este estado el procurador de la Compañía esposo que esta

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 25 ID: fallos_25_276

Judges

Costa

Ruling Text

!:8t el Juez Federal de la Capital á pagar al Fisco Nacional la suma de ~ pesos fuertes, intt-reses y costas. En este estado el procurador de la Compañía esposo que esta babia sido concursada, y pidió se notificára la sentencia al Sin- dico. • El Procurador Fiscal contestó que mientras el Juez del Con- corso, si es que existe este. no reclame los autos. y no se pre· sente el Síndico, debia llevarse adelante el juicio. Falle ••• ol.ea IFtMie .. l Buenos Aires, Marzo 17 de 1883. Por lo espuesto por el Procurador Fiscal no se hace lugar á lo solicitado por el Procurador Frogoni en su escrito de f. 8t. Repóngase el sello. Ugarriza. Buenos Aires, Yayo 31 de 1883. Yistos ; por sus fundamentos se confirma con costas el auto apelado de foja ochenta y cuatro, y repuestos los sellos del"uél- VILSe. J. B. GOROSTIAGA. - J. DO!IIIINGUEZ. - UU.DISU.O FRIAS. - S. 11. LASPUJR. -