En este estado el procurador de la Compañía esposo que esta
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 25
ID: fallos_25_276
Jueces
Costa
Texto del Fallo
!:8t
el Juez Federal de la Capital á pagar al Fisco Nacional la suma
de ~
pesos fuertes, intt-reses y costas.
En este estado el procurador de la Compañía esposo que esta
babia sido concursada, y pidió se notificára la sentencia al Sin-
dico.
•
El Procurador Fiscal contestó que mientras el Juez del Con-
corso, si es que existe este. no reclame los autos. y no se pre·
sente el Síndico, debia llevarse adelante el juicio.
Falle ••• ol.ea IFtMie .. l
Buenos Aires, Marzo 17 de 1883.
Por lo espuesto por el Procurador Fiscal no se hace lugar á
lo solicitado por el Procurador Frogoni en su escrito de f. 8t.
Repóngase el sello.
Ugarriza.
Buenos Aires, Yayo 31 de 1883.
Yistos ; por sus fundamentos se confirma con costas el auto
apelado de foja ochenta y cuatro, y repuestos los sellos del"uél-
VILSe.
J. B. GOROSTIAGA. -
J. DO!IIIINGUEZ. -
UU.DISU.O FRIAS. -
S. 11. LASPUJR. -