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D& ltJSftCü lUCIOl'fAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 25 ID: fallos_25_290

Ruling Text

D& ltJSftCü lUCIOl'fAL el ninte y ae11 del mismo en que concluyó realmente esta úl- tima operacion. 5° Que sin desconocer ninguno de los hechos establecidos en la demanda, alegan los demandados en su escrito de contes- tacion corriente á f. ~~ que los dios estl\n mal calculados, pues á parte de un error material que sal~a á la vista, el deman- dante no ha tomado en cuenta los dias de fiesta ni los de · clarados total 6 parcialmente inhábiles para la Capitanía: que es de uso universal incluir en la espre~ion Domi11gos esceptua- dos, y otras anált'gas, los dias de fiesta, porque no puede pre- sumine que el que quiere y dice que quiere guardar Jos Domin- gos, tenga al propio tiempo la intencion de no guardar los dias de ambos preceptos : que los dias declarados inhábiles por la Capitanfa son los que se expresa 4 f. 25; que deducidos de los 60 dias señalados en la póli2a, los ~de la carga, quedan 46, los que terminarían, exceptuando tan solo los domingos, el i8 de Diciembre; pero agregando á la deduccion los festivos, y los dias y fracciones de dias inhábiles por razon del tiempo se llega al mes de Enero, antes de la espirncion de Jos días de des- cargn, y como esta concluía el~ de Diciembre, resulta que no hay lugar á cobrar sobreestadías. Y consi4erando: to Que los términos en que ha sido con- testada la demanda autorizan al Juzgado á prescindir del trá- mite de prueba, en conformidad á lo '- spuesto en el artículo 91 de la ley Nacional de enjuiciamiento, pues no hay hechos con- trovertidos que requieran esclarecimiento por ese medio. ~ Que la única cuestion á ruoher es propiamente de illter- pretacion y se reduce á saber si en los -'6 dias que ambas par- tes reconocen, que daban para practicar en este puerto la des- carga, dtben computarse loa dias festivos que no son Domingo, y los dias declarados total 6 parcialmente inhábiles por la Pre- fectura Marítima para lu operaciones de carga y descarga en el puerto.