IJ. Pedro L. Ramayo co11trc. IJ. David Bruce, por cobro de pesO$.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 25
ID: fallos_25_371
Voces / Materias
COMPETENCIA
CONTRATO
Texto del Fallo
378
FALLOI D& U IIJPUIIA COITB
IJ. Pedro L. Ramayo co11trc. IJ. David Bruce, por cobro de pesO$.
s .. mario.- La cláusula de DO haber npores en rompeten-
cia con la línea del Tigre y Campana al Paraná, á la cual t>l
dut>ño de esta subordinó el pago de una mensualidad 1\ no npor
n•tirado de la competencia, compretute los que hacen la carrera
al Paraná aunqul' partan de puntos distintos del Tigre y Cam·
pana, y autoriza á suspender en este caso, el pago de dicht
mensualidad.
Caso. -
Lo esplica el
rau. ....... r ..... a
Buenos .~irea, llano 3 de 1883.
Vistos estos autos seguidos por D. Pedro L. Ramayo, contra
D. D.tvid Broce, por cobro de la suma de t ,070 pesos fuertes, de
¡,,s que resulta:
to Que 111 accion deducida se funda en que el demandado
Broce celebró un contrato con los fletadores del V11por • Estrella-,