LA MJIIaDA eolft
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 25
ID: fallos_25_453
Judges
Costa
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
,
FALLOI H
LA MJIIaDA eolft
nr la aolacion de ese pleito del oaal resultada condenada la
Kunioipalidad 1 entonces pOdria entregar el pagaré garantido,
6oica cosa ' que por el contrato eataba oblipdo.
Que no dependiendo por consiguiente de au nlntad el cum-
plimiento de la cliusula 4', ain6 de un heobo estnño que no le
era imputable, tampoco era responaable de laa conseeuenciaa
de esta falta, aegun el articulo to, libro 1", 18- titulo 8-, par-
tida 5'. Que él babia comprado 1 pagado ' Itigo1en, como lo
acredita con un recibo, la piedra que condujo ' Saata F6 1 que
no ura como se afirmaba desprendida de laa canteras de AnteJo;
qu.- por eata misma razon e'l embargo trabado en ella no babia
sido l\!galmente deere~ado, pues el artículo 55, inciso SO de la
Ley Nacional de Procedimientos, en que ae babia fundado, solo
se rderia ' la cosa mueble objeto del litigio; pidiendo en con•
secuencia se rechazase la demanda 1 se mar. ~ase lenntar el em-
bargo, con costas.
Recibida la causa á prueba sobre la escepcion propuesta por
(•} demandado y sobre el hecho de haber este principiado ' es-
plQtar las canteras, materia del contrato. Sobre el segundo se
presentan las deelaracionea de fa. 59, 73, 88, tt8 y t~. que
comprueban concluyentemente que Alc,ntara, no pudiendo em-
barcar todl& la piedra suelta comprada ' lrigo1en, por estar
bajo del agua ' consecuencia de las crecientes del rio, puso
una cuadrilla de trabajadores i desprender 1 quebrar piedra de
lus bnrrancq 6 canteras,laa que bizo lleur' Santa Fé eu urias
embarcaciones.
Y ooa1iderando: to Que por la cl,uaula .&• del contrato de
foja t, celebrado en t• de Mayo de t88t. D. Juan Aldntara se
obligó 'entregar á D. J os6 }'. AnteJo, en el t6rmino de 8 meses,
eomo precio de arrendamiento de las cantera. de e~te, un pa·
gar6 por nlor do 6b. tO,OOO,' t4 mese• de plazo, garantido por
la Municipalidad de ~anta l'é 6 por otra penona que fuelle de
•atiflfaccion del acre(•dor.