M babia ineoaunicado ' un preso, ú otro, aiempre ae trataria
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 25
ID: fallos_25_478
Voces / Materias
COMPETENCIA
DELITO
Texto del Fallo
mano armada, 6 berielu 6 eontusiollea, MUlO ele autoridad,
atentado, a.eaa:aas ' ua empleado, desobediencia 6 eontraYen•
cioa ' los reglamentos del eatabk-eimiento, desacato, mandan-
do abrir por la fueraa el calabozo en él que por 6rden superior
M babia ineoaunicado ' un preso, ú otro, aiempre ae trataria
de ua delito co~un de la jurisdiccion ordinaria (aunque
aubaistiera el fuero) por el lugar donde ha ocurrido 1 lu
circaaatancias en que aparece, pues que aquel privilegio era
una e1cepcioa, restringible en todo caso; y siempre que la
Jarisdiccion comun estaba pnsente se sometian á ella todos
los delitos.
so Que hoy no e1isten los fueros, ni el caso que se innstiga
ha aido dentro del cuartel, en marcha, en campnñ~ 6 por actos
de aenioio, 6 disciplina.
Por estos fundamentos, y en ' ista de lo que resulta de autos,
y lo prescripto en el artículo 5.& de la Ley Orgainica de los
Tribuaales, el Juagado resuelve:
t• Declararse competente, como se declara. para el conoci-
miento de esta causa, sosteniendo la jurisdiccion correccional
comn la respectin al delito eomun que se sumada, y ' la
inveatigacion de cuanto dentro de la cárcel tiene lugar, pues
por el mismo prinoirio por el que la ley Patria (7 do Julio de
t813) declara e~clusivamente militar los delitos cometidos por
JDilUarea dentro del cuartel, aon ordinarios y de la compe·
tenoia de este J uagado los cometidos dentro de él.
to Ea 'finad de lo comunie4do por el Sr. Ministro de la
Gaern en su no&a de foja 35, pasar este espedieote ' la
Cwra ele Apelacionea para que se sina elenrlo ' la Corte
Supreaa de Jadicia 'quieu compete dirimir la competencia
que H aostieae. con uo informe esplicatito de todos los puoa
c¡at u laaa 4ado ' &a de dar cumplimiento ' la reaoluoioa
auperior que eorre ' foja 9 tuelta.
Pator S. 061igado.