DE .IVSTICI.l lUCIOIUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 26
ID: fallos_26_115
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
DE .IVSTICI.l lUCIOIUL
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por la Constitucion, improrogable sobre personas y cosas age-
nas á ella, aún cuando las partes litigantes convengan en la
prorogacion, segun el artículo primero de la ley de catorce de
Setiembre de mil ochocientos ochenta y tres ; y debiendo con
arreglo al artículo tercero de la misma, declararse, sin mas
actuaciones, la incompetP.ncia cuando claramente aparezca quu
hl causa no compele á la Jn ·ticia mH·ional; se declara sin mas
tn\mite que {'Sta Corte {'S incompetente para conocer en la
presente causa. H<igase saber y del"u6h·anse los autos.
M. D. PIZJ\RI\0.
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D. Germa11 llurmeister contra do1ia Petroua C. de b·iondo, por
contienda dt• competencia: sobre remisio11 de autos
Sumario.-At juez inferior que obstruye el curso r{'gular de
la administracion de justicia nacional, n{'g:indose á remitir los
autos, para que ln Suprema Corte dirima una conticndu de
compett-ncia, debe obligtirscle con apremio al cumplimiento de
ese tr:ímitc, pasándose ademas los autos al Procuratlor Ge-
neral.