constituido procurador. Que ndemas,
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 26
ID: fallos_26_149
Texto del Fallo
DK ltJITICIA 1'4.ACINUL
t53
autos, sinó por disposioion 6 por lo menos eon el aaentimirnto
y conocimiento del demandante, desde que so trataba d~ un
asunto que <'Ste tenia ya á su cargo y dircccion como nbogaJo,
y en que el dem:lndado cr" constituido procurador.
Que ndemas, "' cart1t del demandante antes citadn,no solo fué
escrita dcsptt<'S de falla•lo tle nna manci a ad\'ers:l en primera
instancia el asunt(l, cuyo rago dtl honorarios motín ute pleito,
sinó que en ella se Icen esto· conceptos : cComo amigo lo be
t ratado {ni n•prendcrlo ) JlOrqne el trnbujo y la labor nos hace
rosponsal)les del benfficio ú 7>érdidn.
e Al fin del año que se nproiima ( la carta es de diez J nunc
de !\o\'iembre de 1878), ~e fijarán los derechos mutuos ))¡ lo
que ·ricne ú poner de numificsto' que el d<'mandado no era mns
que un sulntlteruo en el estudio del demandante, á quien este
reconoce y promete fijar emolumentos por su scn icios, para
fin de uño•.
Que st>ntados estos antecedente , ul establecer el C\lnvcnio
de foja doscientos reinto y cinco <1'10 e D. l~ra n C'isco Bibolini
cncaTga á D. J>edro Galletcaux. la pro ecucion d(') pleito segui-
do con Storni hermanos y Comp:titia, hajo l:1 diruccion del
doctor don José Gregorio J,opcz, con la condicion de no respon-
der el sl'iior l{ibolini de un olo f•<'SO en caso d(' un éxito des-
fa\'orable, icndo d<' la obligucion de Gallcteaux pagar al (loctor
Lopcz, recibiendo en comp4c'nsacion tic esas r4c'sponsubilidad<'s,
la ruitacl de lo que S<' ol)turie¡.¡c en dicho pl4c'ito; se desprende
claramcnt•1 (lll<' Gall<'tenux abonaría a\ docior Lot'ez sus :bono-
rari.o· si e ganaba t·l pl,,ito dirigido l'Or él, y con lo que de él
se outul'ie e. Que <'Sta inteligencia es tanto mas natural .. si se
ticnc en curotn que el tri u ufo dd pleito depende llrincipaJmcnto
del cloredto que haga prHalccer clubogatlo y uo <'1 procurador
y que ad<'ntas,cra este un hombre ¡)obre que no tl'nia otro n1cdio
de \·iri · ~· :í tptien ocup:t u a por protccciou el dl•mandantt>, como
este lo declara.