Por estas consideraciones, declaro que los demandantes D.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 30
ID: fallos_30_100
Judges
Rodríguez
Keywords / Subjects
TASA
PROPIEDAD
Ruling Text
FALLOS DE LA SVP&!MA CORTE
demandnntes t"plo jure por la muerte de D. Cirilo Zabala, como
herederos forzozos de éste: desde que no bao probado, como se
ha dicho, aquel hecho ni esta calidad, negadas por el demandado.
Por estas consideraciones, declaro que los demandantes D.
Antonio, D. lreoeo y D. Wence:;lao Zabala no hao probado su
demanda, y en consecuencia, absuelvo de ella al demandado D.
Teodoro ' "idaecbea, de acuerdo con la ley primera, título ca-
torce, partida tercera, dejando á saho á los primeros las ac-
ciones que pudieren corresponderle. Xotifíqucse original y re-
póngase.
1ft. de T. Piulo.
Falle lle la 8upPe•a "••te
Buenos Aire~. Junio 1• tle 1~.
Vistos, y considerando:
1•r11nero: Que la prueba producida por los demandantes
para establecer que el campo, cuya reh·indicncion solicitan, les
pertenece en propiedad, como sucesores legítimos de Don Cirilo
Zabala, consiste en los dl)cumeutos que corren en testimonio
desde foja ochenta y nuere á foja ciento treinta y tres.
Segmldo: Quo segun esos documentos, el citado Zabala
nunca llegó á ser propietario de dicho cam¡1o, pues de ello!!
consta : que solo fuó poseedor con título en virtud d('l decreto
de cuatro de Noriembre de mil ochocientos ciucuenta y seis, y
que la compra que diez aiios despu('s propuso al Gobierno para
adquirir la propiedtld, quedó sin realizarse por haber abando-
nado las diligencias que inició con eso objeto, cuan1lo, medido
y tasado el r.ampo, se hizo In liquidacion de su precio.
Tercero: Que atín 011 el supuesto de ser nuln la vent;l de los
derechos de Zabnla hecha tí Rodríguez, y nulas las diligencias
J•racticadas por éste hasta obtener del Gobierno el corres¡1on-