DI IUSTICil lUCIOlUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_197
Judges
Ramos
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
CONTRATO
Ruling Text
DI IUSTICil lUCIOlUL
20t
diferencias, cuando hablando del dependiente interesado, rlice
que e no ea sócio porque no es admitido '' la copropiedad •lel
fondo social; está subordinado á la autoridad del principal
y no est;l obligado bácia los terceros ni tiene partici pncion en
1as pérdidas, costH todas opuestas á la naturaleza del contrato
social ; 4° Que es de citarse el fallo aun mas cspHcito de los
Tribunales de la Capital estableciendo que: e La remuneracion
de servicios con una parte de las ganancias, importa una socio-
dad, y las diferencias que se su citen entre habilitunte y ha-
bilitado, deben sujetarse :í lo prescrito en el artículo 5tt del
Código tle Comercio (Jorisp. Crim. y Com. -
.Fallos y disposi-
ciones de la Exma. C11mara tle Apelaciones de la Capital, :año
t88i, Entrega .t", causa do Perticrre Enrique, con Hostal
Torroba, Manuel).
so Que aplicando las anteriores
~'Onclu siones al caso pre-
sento encontramos: {'rimero: Que las cláusulas del contrato de
foja t fijan las obligaciones y dereohos respecti\'os de Cavallier
y Gatica con cierta e!)uidad entre el lucro 6 usufructo del ca·
pital puesto por el primero y el mlor do la industria de este ;
Segundo: Que Gatic1\ se compromete á emplear todo su tiempo
en la atencion de la casa, puede disponer de cuarenta pesos
mensuales sin obligacion de retribuirlos, y Ca\'allior de cin-
cuenta, y se oblign tambien 11 représentar á este en todos los
actos del negocío, sin comprometer su firma ni vender á plazo
por mayor, sinó de acuerdo con las instrucciones del mismo ;
debiendo en caso de prorl)gacion del plazo del contrato re-
cibir en arjodicacion, por las utilid11des que le correspon-
dan, una tercera parte en dinero y el resto en mercaderías y
cuentas 6 letras ' cobrar en proporcion de la existencia ;
Tercero: Q11e ninguna de dichas cláusulas es así discordan-
te con lo que. dispone el Código de Comercio en el capítulo -6°,
título SO, del libro!«», De lal &ocittladet de capital é ifldut-
tn·a, Jlaa ~onclusiones anteriormente sentadas, en el sentido