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Bueno• Airet, Jupio 3 de 1886.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 30 ID: fallos_30_220

Keywords / Subjects

PROPIEDAD CONTRATO

Ruling Text

FALLOS DB U IIJPUIIA COBTE Bueno• Airet, Jupio 3 de 1886. Vistos eatos auto1 ejeootiYoa seguidos por D. Eugenio Perez del Cerro contra D. Gabriel Vigneau 1 su esposa na Margarita S. de Vigneau, por cobro de alquileres. BeauUa:. to Que con fecha St de Julio del año pasado, los eaposos Vi¡neau celehrar&n con el ejecutante un contrato de loeacion en Yirtud del cual éate les dió un alm~en de su propiedad situado en la calle de V.ietoria no U pot el término de cinco años ' contar desde el dia siguiente de la fecha del contrato, mediante el alquíler mensual de cuatrocitnlos pesos moneda nacional oro t(ectivo 10nat1lt, que debería ser abonado por tri- meatre adelantados, enttt!pndose la primera vez un semestre, de auert. que exista siempre un trimestre en manos del loca- dor como garantfa del contrato. to Que fundado en este antecedente, ocurrió Pcrez del Cerro al Juzgado con fecha t9 de Febrero pasado manifestando que loiJ locatarios no habian cumplido las estipulaciones referidas, habiéndoles sido imposible efectuar el pago correspondiente el3t de Octubre; y 'préYio reconocimiento que pidiú del con- trato presentado á fojas t y i inició en el escrito de foja ti ejecucion por la suma de i400 1 mfn oro dectivo por el tri- mestre anticipado correspondiente á los meses de Jo~ebrero, Marzo 1 Abril 1 el del trimestre que dobia conservarse como garantía. SO Que despachada la ejecucion y citados de remato los demandados opusieron la escepcioo de inhabilidad del t·Ítulo fuud,ndola en que el contrato de arrendamiento elbibido por el ejecutante, no lo autorizaba' elágir en la fecha en que pidió