Oficina, estando tal doctrina ajustada ' las opiniones de los
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 30
ID: fallos_30_422
Ruling Text
FALLOS DI LA SUPRa.& CORTE
Oficina, estando tal doctrina ajustada ' las opiniones de los
tratadis&as que se ban ocupado de la materia y ' decisiones
dictadaa por la Suprema Corte de Justicia en casos anlilogos.
(V ~ae: Pouillet, ttlart¡ues de (abrü¡ue, pág. t65, No f,89, y sen·
tencia de la Suprema Corte en el juici, seguido entre los señores
Diego Foulton y \Villiam Paats).
Su to : Que haciendo un etámen comparativo de los diseños
6 ,estampas que corren agregados ' fojas S y 4, puede compro-
barse que aunque no son esactamento iguales, son tlc tal tuoflo
parecitlas, por el color empleado en Jos dibujos, la colocaoion en
figuras caai idénticas dt>l r6tulo del bramante, del número de
yardas que cuenta oada pi<>za, y la forma de la coronR emblema
principal de la marea, circunst-ancias que hacen un conjunto
capaz de producir oonfusion entre los consumidores.
Sélm¡o : Que ' los efectos que la ley se propone, no es in-
dispensable que la reproduccion sea rigurosameute ctacta, sinó
que basta que directa 6 indirectamente pueda producir confu-
sion entre los productos, lo que implica que la posibilidad de
la confusion t'S la condioion constituti\'a de la accion á dedu-
cirse. (Art . .¡o de la ley de :\(arcas de Fábrica ; Bedarride. IJrc-
vets tl' lnvention., Tomo 3ü, p'jinn t5'7, 1\0 917; Pouillct, .fla rr¡ues
de f'abrit¡11e, pág. t6'7, no tOO).
Octavo : Que á pesar de elistir la scml'janza á que se bac'o
referencia en el anterior considerando, la aplicacion do las pe-
nas que los demandantes piden para los demandados no <'S
proce~ente : f 0 porque estos han comproblldo que untes de dic-
tarse la ley de mareas im11ortaban al mercado el brumante con
la marca Corona ; t' porque de acuerdo con lo dispuesto C'n el
artículo 38 llolioitaron y les fué acordado el uso de la marca
cuyo diseño obra á foja 89; 3° porque estas circunstancins re-
nlan la ausencia de la intencjou dolosa y del ánimo de falsifi-
car 6 adulterar las mareas haciendo de ellas un uso indebido.
(Yéue d fa.llo de la Supre.na Corte en el caso citad•)),