← Volver a resultados

DE IUSnCt~ I.UCIO!IIAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 30 ID: fallos_30_469

Jueces

Costa

Voces / Materias

DELITO

Texto del Fallo

DE IUSnCt~ I.UCIO!IIAL .t'7S cuando el delito merezca la pena corporal de prision que no eaceda de tres años, uada ha dicho de la priaioo con trabajos forzados, la cual es una pena diferente de la de simple prisioo. Segwado: Que aún cuando esto no fuese así 1 pudiera decirse que lo dispuesto para la prision se debe estender aunque Ue,.t consigo la de trabajos forzados, el artículo S'7.6 del Código citado, solo faculta al Juez para conceder la escarcclacion cuando el máaJimum ele la t¡tJla no ucefla de ll'ts a1ios (le 1>ri1ion ó arruto, 1 en el presente caso, el hecho que motiva la prisioo, es penado por la ley con el máximum de cuatro años de trabajos forzados y por lo tanto, no puede el Juez concederla escarcelacion pedida, aunque el fiscal baya solicitado el mínimum de la pena seña- lada por la ley. Por estos fundimentos y de acuerdo con lo espuesto 1 pedido por el fiscal ad !&oc, no ha Jugar á la escar- celacion bajo de fianza que solicita el defensor del procesado .:\costa. Hágase saber y repóngase. VISTA DEL SdOR PROCURADOR GE!IIEI\AL Srtprema Corte: El hecho de que se hace cargo al recurrente Don K Acosta, es que, en su carácter de guarda, puso el conforme á dus gufa11 de removido siu haber verificado peuonalmeote si las mt~rca­ derías que se aupooiao embarcadas en Corrientes, lo habían sido en realidad, cuando por el contrario, resultaba evideotu que veoian del Paraguay. Dice en su deaeargo el procesado, que puso el conforme ea confianza, 1 bajo la palabra del empleado que estaba á bordo del np.n que conducía las mercaderías en cuestioo. No arroja el sumario datos baslantes para apreciar si la falta del ex-guarda procecle de una criminal confabulacion con los defraudatlorus de la rent~& pública. ó de una culpable ae:;li·