Que, por consiguient;';
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 336
ID: fallos_336_77
Keywords / Subjects
IMPUESTO
DELITO
Ruling Text
lHJ JC8'1'WIA I)J<J JA. XAC¡ÓX
~l
,',
d
Que, por consiguient;';
y :lc,'ptado
pr{ma
{acie,
C0mo fuera.
ele' cuestión,
el h~>cho d~ la diferencia'
y aplicando
los prin-
,'ipjo~; sentad'ls,
es indudable
que por elb
debe
abonarse'
el
impuesto,
á nwnos
que s:.' pruebe
el destino
de ese producto
que no cstó gravado
por ley;
UlLl v~z que ei efecto necesario
de
],1 disposi,'¡ón
d,:::}artículo
17 citad')., 110 pued~> S2r otro
que eJ de hacer recaer 11 prueba de este extremo
al fabricante
al esubkr:er
como bas~>para
el. cobro,
entre
otras
cosas, la.
declaración
jurada,
y los libros de la sOC'ledad.
()ue
si bien
esta comprobación
corresponde
al demandante
es por lo demás
indudable
que él tiene al mismo tiempo
que
oblig.ación,
el derecho
para' probar
su destino
libre
de
Im-
puestos,
una
vez que
la pal:ibra
base,
empleada
en
la ley,
no
puede
impedir
se
demuestre
que
esa
difcÍ'enóa
no
Im-
porta
({exp\.:ndio»,es de,'ir,
tránsmisión
de los productos,
s'ino
pérdida, derrame
ó cualquier
otro m~dio susceptible de minorar
b. existel1<'ia jurada.
La
ra~ónes
fácil de comprender,
si se
tiene
en cuenta. que no gravada
la producción,
la ley no ha
podido
querer
gravar
bs
pérdidas,
derranns,
incendios,
etc ..,
que
no ~son
u',n hecho
Ú op,eraciól1 de aquellos
que
en el
orden
económico
están sujetos
á imposici6n.
Lo mismo sucede
al empl~ar la ley la palabra
base en el artículo
207 del c6digo
de
pro,'~dimientos
en .lo criminal,
cuando
establece
que
ia
base del procedimiento
en materia
penal,
es la comprobaci6n
de
la existencia
de
un hecho
6 de ,una omIsión
que
la l~y
repute
delito
6 falta;
pues que los interesados
son admitidos
~ probar
que no obstante 'esa cQmprobaci6n,
puede no existir
delito
6 no ser el inculpado
su autor.
Que de ,acuerdo con estas conclusiones
el actor
ha probado
. suficiente
y acabadament2
que la diferencia
que se en<:uen~ra
en los libros, no ha sido producida
por expendio,
6 sea por
venta
6 enajenaci6n
dd alcohol
sino por derrame
y evapora-
ción
del líquido;
prueba
que resulta
del informe
del inspec-
-