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Que, por consiguient;';

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 336 ID: fallos_336_77

Voces / Materias

IMPUESTO DELITO

Texto del Fallo

lHJ JC8'1'WIA I)J<J JA. XAC¡ÓX ~l ,', d Que, por consiguient;'; y :lc,'ptado pr{ma {acie, C0mo fuera. ele' cuestión, el h~>cho d~ la diferencia' y aplicando los prin- ,'ipjo~; sentad'ls, es indudable que por elb debe abonarse' el impuesto, á nwnos que s:.' pruebe el destino de ese producto que no cstó gravado por ley; UlLl v~z que ei efecto necesario de ],1 disposi,'¡ón d,:::}artículo 17 citad')., 110 pued~> S2r otro que eJ de hacer recaer 11 prueba de este extremo al fabricante al esubkr:er como bas~>para el. cobro, entre otras cosas, la. declaración jurada, y los libros de la sOC'ledad. ()ue si bien esta comprobación corresponde al demandante es por lo demás indudable que él tiene al mismo tiempo que oblig.ación, el derecho para' probar su destino libre de Im- puestos, una vez que la pal:ibra base, empleada en la ley, no puede impedir se demuestre que esa difcÍ'enóa no Im- porta ({exp\.:ndio»,es de,'ir, tránsmisión de los productos, s'ino pérdida, derrame ó cualquier otro m~dio susceptible de minorar b. existel1<'ia jurada. La ra~ónes fácil de comprender, si se tiene en cuenta. que no gravada la producción, la ley no ha podido querer gravar bs pérdidas, derranns, incendios, etc .., que no ~son u',n hecho Ú op,eraciól1 de aquellos que en el orden económico están sujetos á imposici6n. Lo mismo sucede al empl~ar la ley la palabra base en el artículo 207 del c6digo de pro,'~dimientos en .lo criminal, cuando establece que ia base del procedimiento en materia penal, es la comprobaci6n de la existencia de un hecho 6 de ,una omIsión que la l~y repute delito 6 falta; pues que los interesados son admitidos ~ probar que no obstante 'esa cQmprobaci6n, puede no existir delito 6 no ser el inculpado su autor. Que de ,acuerdo con estas conclusiones el actor ha probado . suficiente y acabadament2 que la diferencia que se en<:uen~ra en los libros, no ha sido producida por expendio, 6 sea por venta 6 enajenaci6n dd alcohol sino por derrame y evapora- ción del líquido; prueba que resulta del informe del inspec- -